DECISIÓN.
Por las razones arriba expuestas es por lo que este Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLÍVARES intentada por el ciudadano EDUAR YONDRY MONTERO RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.639.858, domiciliado en la ciudad de Carora y representado judicialmente por el Abogado en ejercicio DOUGLAS RODRÍGUEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº. 11.165, en su carácter de Endosatario en Procuración, en contra de los ciudadanos ÁLVARO ÁLVAREZ y CARLOS ALBERTO ÁLVAREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 9.849.719 y 19.150.148, de este domicilio, y se condena a estos últimos a pagarle al primero la suma de CIENTO TRES MIL DOSCIENTOS VEINTINUEVE BOLÍVARES CON DIECISIETE CÉNTIMOS (Bs. 103.229.17) por concepto de capital adeudado más in.....