visto el Desistimiento realizada por las partes en el presente juicio, en fecha 25 de Marzo del año 2013, por ante este Despacho Judicial, este Tribunal conforme a lo dispuesto en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACION correspondiente por no ser contraria a derecho, teniéndose como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.
Expídase por Secretaria copia certificada de la presente Sentencia y archívese.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora a los Dieciséis (16) días del mes de Abril del año Dos Mil Trece. Años 202º de la Independencia y 154º de la Federación.
El Juez Provisorio,
Abg. FRANCISCO ROMÁN ZAMBRANO GÓMEZ.
La Secretaria,
Abg. BEATRIZ YEPEZ.
En esta misma fecha se registró bajo.....