REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, dieciséis de abril de dos mil trece
202º y 154º
ASUNTO: KP12-M-2013-000004.-

, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.924.838, de este domicilio.

Visto el Desistimiento realizada por las partes en el presente juicio, en fecha 25 de Marzo del año 2013, por ante este Despacho Judicial, este Tribunal conforme a lo dispuesto en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACION correspondiente por no ser contraria a derecho, teniéndose como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.
Expídase por Secretaria copia certificada de la presente Sentencia y archívese.
Regístrese y Publíquese.

Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora a los Dieciséis (16) días del mes de Abril del año Dos Mil Trece. Años 202º de la Independencia y 154º de la Federación.
El Juez Provisorio,

Abg. FRANCISCO ROMÁN ZAMBRANO GÓMEZ.
La Secretaria,

Abg. BEATRIZ YEPEZ.


En esta misma fecha se registró bajo el Nº 12-2013, se publicó siendo las 2:00 p.m. y se expidió copia certificada para archivo.
La Secretaria,

Abg. BEATRIZ YEPEZ.