este Juzgado Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 217 y 232 del Código Civil, le imparte su homologación. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Ofíciese a la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral del Estado Lara, para que proceda a insertar el presente auto homologatorio en el Libro de Nacimientos del corriente año, de tal manera que haga las veces de Acta de Nacimiento del ciudadano PITER JOSE GARCIA, nacido en fecha 27 de Diciembre de 1973 en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, hijo de MARIA SABINA GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.346.617.-