Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara SIN LUGAR la acción REIVINDICATORIA, intentada por lo ciudadano VICENTE MANUEL LOPEZ COLINA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 7.315.035 a través de sus Apoderado Judicial abogado ARMANDO WOHNSIEDLER, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 22.150, contra la ciudadana MARIA ELENA NAVAS HERRERA, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 7.321.724 y de este domicilio, a través de sus Apoderados Judiciales JUAN CARLOS RODRIGUEZ SALAZAR, MIGUEL ADOLFO ANZOLA CRESPO, JOSE ANTONIO ANZOLA CRESPO Y JOSE NAYIB ABRAHAM, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros. 80.185, 31.267, 29.566 y 131.343 y de este domicilio; Se condena en costas la demandante por haber vencimiento .....