DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: con lugar la defensa previa por existencia de la COSA JUZGADA, en consecuencia, SIN LUGAR la demanda por RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO interpuesta por el ciudadano ANTONIO ALEJANDRO BUCCI YAÑEZ contra el ciudadano CIPRIANO CORNELIO GUZMAN, todos identificados; SEGUNDO: se condena en costas a la parte actora pues hubo vencimiento total.
PUBLÍQUESE. REGÍSTRESE. DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los veinte (20) días del mes de julio de dos mil quince (2015). Años 205° de la Independencia y 156° de la Federación. Sentencia Nº:279; A.....