En razón al CONVENIMIENTO, presentado por la ciudadana ZOHA AKIKI MAZRAANI, titular de la cédula de identidad Nº 16.113.435, en su carácter de demandada, asistida por el Abogado ALEXIS LATTUF BRICEÑO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado Nº 14.504 y titular de la cédula de identidad Nº 2.369.959 y el ciudadano y JULIO ALEXANDER SANTELIZ ANDRADES, Abogado, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado Nº 117.699 y titular de la cédula de identidad Nº 7.421.709, asistido por JULIO JASPE, Abogado, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado Nº 32.647 y titular de la cédula de identidad Nº 8.779.972la Abogada en ejercicio DONAHELSIS PASSARELLI FREITEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 92.314, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora ciudadano PASTOR JOSE BARCO CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-12.432.522, y de este domicilio, en el presente juicio por PARTICIÓN DE BIENES DE .....