UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dicha ACTA DE MATRIMONIO, PARTIDAS DE NACIMIENTOS Y ACTA DE DEFUNCION,, presentada por las ciudadanas MARIA VERONICA SUAREZ DE COLOMBO, NARCISA RAMONA SUAREZ DE TORRES, VALENTINA DEL CARMEN SUAREZ, AURA ROSA SUAREZ y ANA YOLANDA SUAREZ, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-1.275.774, V-2.187.557, V-1.273.350, V-3.086.848 y V-3.859.717 respectivamente, en el sentido de que se asiente correctamente lo siguiente: 1) En el ACTA DE MATRIMONIO, de la ciudadana SEVERIANA COLMENAREZ, su nombre como: "MARIA SEVERIANA COLMENAREZ"; 2) En el ACTA DE NACIMIENTO de la ciudadana NARCISA RAMONA, el apellido de su madre como: "COLMENAREZ"; 3) En el ACTA DE NACIMIENTO de la ciudadana .....