Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los ciudadanos: GARRIDO DOMINGO Y GARCIA ELIZABETH, debidamente identificados, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor del ciudadano ORLANDO ANTONIO SANTELIZ HERNANDEZ, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: La avenida Intercomunal , vía Duaca, con carrera 1, Barrio San Jacinto, más otras bienhechurías dentro del mismo terreno que son; carrera 1 de San Benito, callejón interno, a 20,oo mts. Del puente del Ferrocarril en San Jacinto DEL ESTADO LARA, y alinderadas de la siguiente manera: NORTE: En línea de 2 líneas de 27.70 Pts y 31.80mts, con inmuebles de German Atacho-Ramón Vicente Cadevilla; SUR: en tres líneas: 6.05mts, 19.88mts y 44.40mts, con carrera 1 .....