Este tribunal al encontrar que la anterior solicitud no ha tenido oposición de ninguna naturaleza y por cuanto estima suficiente en derechos las actuaciones acompañadas, entre ellas las declaraciones conteste y apreciables de las testigos evacuadas por ante este tribunal, las ciudadanas: Dilcia Mercedes Jiménez Herrera y Librada Orozco Alvarado, suficientemente identificadas; y teniéndose además en cuenta que de los recaudos acompañados se evidencia claramente que el de cujus no ha tenido otra descendencia, ni legitima, ni natural. En consecuencia, considera bastante y suficientes las presentes actuaciones de conformidad con el articulo 936 del código de procedimiento civil, para declararlos como titulo asegurativo al derecho que le asiste a los ciudadanos JUAN GREGORIO GIL ANGULO, JUANA BAUTISTA GIL MARTINEZ, ANDRES ABELINO GIL MARTINEZ, MARIA DE LOS SANTOS GIL MARTINEZ, RAFAEL ANTONIO GIL MARTINEZ, GILBERTO ANTONIO GIL MARTINEZ, FRANCISCO GIL MARTINEZ, ENMA COROMOTO GIL MARTINEZ, M.....