Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la apelación intentada por Douglas José Carrillo y Shirley Dávila Guerrero, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº 7.358.540 y 6.090.973 respectivamente, de este domicilio, representado judicialmente por Marcos Rodríguez, Carlos de los Ríos y Leonid Millan, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 53.291, 52.862 y 73.087 respectivamente y de igual domicilio, contra decisión emanada del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, por lo tanto se declara SIN LUGAR la acción reivindicatoria propuesta por Carmen Celina Cuicas venezolana, mayo.....