DECISIÓN
En razón de lo anterior, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer y decidir la demanda de contenido patrimonial, interpuesto por el abogado PABLO DAVID CAMACHO PERAZA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 233.819, actuando en su carácter de apoderado judicial de la empresa del Estado ANDILARA, C.A., contra la sociedad mercantil TRANSPORTE DE KHALAFARTY´S, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo del Estado Lara, bajo el N° 9, Tomo 116-A, de fecha 10 de abril de 2015.
SEGUNDO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO presentado por la abogada Francis Marín, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 160.641, actuando en su condición de apoderada judicial de la parte demandante, de conformidad con lo establecido en los artícul.....