VI
DECISIÓN
Por las razones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, en Barquisimeto, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir el recurso de apelación ejercido por la abogado Arianna García, apoderada judicial del ciudadano RENE FELIPE GARCIA MELENDEZ; contra la decisión dictada en fecha veintinueve (29) de junio de 2016, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, el cual negó la medida preventiva de prohibición de enajenar y gravar en la demanda por PARTICION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL contra la ciudadana MARIANELLA BEATRIZ ORELLANA VERGARA, todos plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido.
TERCERO: Se CONFIRMA la decisión dictada en fecha veintinueve (29) de junio de 2016, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia .....