, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la Conversión en Divorcio, en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que contrajeron los ciudadanos FRANKLIN GIOVANNI LOPEZ Y EVA MARIA PICON RAMIREZ, ya identificados, ante la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 14 Febrero de 2002, bajo el Acta Nro. 47, folio s/n del libro de Registro Civil de Matrimonios llevados durante ese despacho en fecha 2.002. En lo referente a al protección de los hijos procreados, se establece que la Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza será ejercida por ambos padres, la Custodia la ejercerá la madre. Atendiendo a lo contemplado en el Primer Aparte del Artículo 76 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela el cual reza textualmente "El padre y la madre tienen el deber compartido e irrenunciable de criar, formar, educar, mantener y asistir a sus .....