DECISION
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejecución de sentencia, ordena al adolescente, DATOS OMITIDOS, cumpla las sanciones de Imposición de Reglas de Conducta por el Lapso de un (01) año, Libertad Asistida y Servicios a la Comunidad ambas por el Lapso de seis (06) meses, por la comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto en el artículo 277 de Código Penal vigente, fíjese para el día 14 de Abril de 2009 a las 9:30 am, la audiencia para la imposición de la presente decisión, con la indicación a los notificados que tendrán derecho en la misma a efectuar las observaciones que a bien tengan. Líbrense las respectivas notificaciones