DECISION.
Por las razones antes expuestas, este tribunal de control Nº 1, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara con Lugar La Desestimación solicitada por la Fiscalia 18 del Ministerio Publico en cuanto a la Denuncia, formulada por la ciudadana ____ en contra de la adolescente _____ , de conformidad con lo establecido en el articulo 301 del Código Orgánico Procesal Penal encabezamiento, aplicado supletoriamente según lo establecido en el articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Ello en razón que los hechos denunciados solo proceden a Instancia de parte Agraviada. Se ordena la devolución de las actuaciones al Ministerio Público, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 302 Ejusdem, en la oportunidad legal correspondiente.
Notifíquese a las partes. Remítase en la oportunidad a la Fiscalia Décima Octava del Ministerio Público.