DECISION
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Responsabilidad Penal de Adolescentes, en funciones de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara el Sobreseimiento definitivo de la causa, de conformidad a lo establecido en el artículo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, por cumplimiento de las obligaciones que le fueran impuestas a los jovenes , supra identificado, por la comisión de los delitos Resistencia a la Autoridad, Obstaculización de la vía Pública, y Alteración del Orden Público, previsto en los artículos 218, 357 y 506 del Código Penal y sancionado en la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Quedan las partes debidamente notificados de la presente decisión por ser publicada en el lapso legal correspondiente. Regístrese Publíquese.
La Jueza de Control Nº 1
Abg. Lolis Carolin.....