Visto el Beneficio de Redención de fecha 11-08-2010, a favor del ciudadano HEMBER WILFREDO YÈPEZ BRACHO, titular de la cédula de identidad N° 17.726.099, venezolano, hijo de Reina Bracho y de la Cruz Mario Yépez, mayor de edad, soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado en Barrio José Gregorio Hernández, calle 4 con vereda 17 y 18, casa numero D-68, Barquisimeto Estado Lara, condenado en fecha 12-01-2009 por el Tribunal de Juicio N° 03 de de este Circuito Judicial Penal, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión de los delitos de FACILITADOR EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO Y USO DE ADOLESCENTES PARA DELINQUIR, previstos y sancionados en los artículos 460, 84 ordinal 3º y 82 del Código Penal derogado, artículo 278 ejusdem y artículo 264 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, respectivamente. Se prescinde de la imposición de las penas accesorias de vigilanci.....