/Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, y en uso de la facultad conferida por el numeral 1º del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, OTORGA al YOHENDER JESUS YNOJOSA GIMENEZ, cédula de identidad Nº 19.323.790 (NO PORTA), residenciado en el Barrio Bolívar, la batalla, sector 2, carrera 5 con 3, manzana Nº 37, 17-B, a cuadra cuadras del CDI, de Barquisimeto del Estado Lara, el beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, por el lapso de 02 AÑOS, 08 MESES Y 18 DÍAS, equivalente al tiempo de condena que le resta por cumplir al referido penado, el cual comenzará a correr desde su primera presentación en la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Barquisimeto del Estado Lara, debiendo cumplir las condiciones establecidas en esta decisión y aquella impuesta por su delegada de prueba, so pena revocatoria del beneficio. Todo de conformidad co.....