DISPOSITIVA:
Definitivamente firme como ha quedado el Fallo Condenatorio dictado en fecha 18-02-04, por el Tribunal de Juicio N° 3, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante la cual condenó al ciudadano YONIS ANTONIO CHIRINOS GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 15.997.987, venezolano, soltero, de 21 años de edad, fecha de nacimiento, 17-10-1982, hijo de Yoleida del Carmen González Chirinos, y Epifanio Antonio Chirinos, residenciado en el Sector Las Casitas, Casa N° 46, Sector Manzanares Calicanto, como a cien metros de un Proal, Carora, Estado Lara, a cumplir la pena de UN (1) AÑO Y SEIS (6) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto en el artículo 454 Ordinal 1° del Código Penal, más las accesorias de Ley, contenidas en el Artículo 16 ejusdem. Ejecútese y hágase el cómputo de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, concatenado con el artículo 484 Ejusdem.
El penado YONIS ANTON.....