DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE EL REGIMEN ABIERTO como fórmula alternativa de cumplimiento de pena, al ciudadano NEHOMAR SEGUNDO CAMACARO JIMÉNEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 15.176.564, penado por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con lo establecido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando sometido a las condiciones descritas en la motiva de la presente decisión.
Regístrese la presente decisión y remítase con oficio al Director de.....