Consta en autos que el penado OMAR DAVID MARTÍNEZ VILLAVICENCIO entró detenido preventivamente el 14-07-2007, permaneciendo detenido, es por lo que lleva 02 AÑOS, 09 MESES Y 12 DÍAS, faltándole en consecuencia por cumplir 03 AÑOS, 02 MESES Y 18 DÍAS DE PRISIÓN, pena que extingue justamente el día 14 DE JULIO DEL 2013, (14-07-2013).
Particípesele al penado que NO podrá solicitar el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena. En virtud de que la pena impuesta excede de cinco años, de conformidad con el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal.
Particípesele al penado que podrá solicitar las fórmulas Alternativas de Cumplimiento de Pena, cumpliendo con lo exigido en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.
Destacamento de Trabajo: al tener cumplido 01 año, 06 meses, que sería a partir del 14-01-2009.
Régimen Abierto al tener cumplir 02 años, que sería a partir del 14-07-2009.
Libertad Condicional al tener cumplido 04 años, que s.....