DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia Mixto en lo Penal, en funciones de Juicio, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: PRIMERO: CONDENA a la acusada YUSBERY COROMOTO CAÑIZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 12.435.519, nacida en la Barquisimeto Estado Lara, de 39 años de edad, nacido el 21-09-1967, de oficios del hogar, domiciliado en el Barrio el Trompillo calle 2 La Conejera, Casa s/n, Barquisimeto Estado Lara. Por encontrarla CULPABLE del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS previstos y sancionados en el artículo 31 segundo aparte de la Ley Orgánica contra el Tráfico y Consumo de Sustancia Psicotrópicas y Estupefacientes, a cumplir la pena de, TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN . SEGUNDO: Se imponen como penas accesorias a la principal, las consagradas en el artículo 16 del Código Penal (D); TERCERO: Se mantiene.....