DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los siguientes términos: PRIMERO: Se condena al ciudadano ANGEL JOSE FAENITA GARABAN, titular de la cedula de identidad Nº.- 15.916.203, plenamente identificado en autos por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHIUCULO AUTOMOTOR EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y LESIONES PERSONALES LEVES CALIFICADAS, previsto y sancionado en los artículos 5,6 ordinales 2, 3, y 5, en concordancia con el articulo 7 de la Ley Sobre Robo y Hurto de Vehículos Automotor, y articulo 277 del código Penal Venezolano y articulo 416 ejusdem. a Cumplir la pena de SEIS (6) Años de Presidio mas las accesorias de la Ley. SEGUNDO: Se Mantiene la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad
Publíquese, regístrese y remítanse el asunto al Juez de Ejecución, en Barquisimeto a los 13 días del .....