DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Tribunal administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, SOBRESEE LA CAUSA seguida al ciudadano EDWIN JESUS SALAZAR COROBO, en los autos plenamente identificado, debido a la extinción de la acción penal, conforme lo establecido en los artículos 48 en su séptimo literal, y literal tercero del artículo 318 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. REGISTRESE Y CUMPLASE. Dada, firmada y sellada en el Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en Barquisimeto a los veintidós (22) días del mes de noviembre del año 2006. AÑOS: 196° y 147°.