DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Tribunal administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, SOBRESEE LA CAUSA seguida al ciudadano LUIS HUMBERTO BORGES, en los autos plenamente identificado, debido a la extinción de la acción penal, conforme lo establecido en los artículos 45, 318 en su tercer numeral y numeral séptimo del artículo 48, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Por cuanto las partes quedaron notificadas en la audiencia celebrada el mismo día del presente y la decisión se publica dentro del lapso legal para ello, se obvia la notificación de las partes. REGISTRESE. Dada, firmada y sellada en el Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en Barquisimeto a los nueve (09) días del mes de octubre del año 2006 AÑOS: 196° y 147°.