DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, admitida como ha sido la acusación formulada por el Ministerio Público, mediante el presente auto, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: De conformidad con el numeral 1 del artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal:
SE ORDENA LA APERTURA DEL JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a los fines de juzgar al acusado: JOSE ALEJANDRO RODRIGUEZ CHIRINOS, C.I. 14.826.870, fecha de nacimiento 01/11/78, 29 de años de edad, hijo DENMA Coromoto Chirinos y Pedro Alejandro Rodríguez, de profesión u oficio carpintero, domiciliado en el barrio la Paz, sector 4 parcela 11-A, entre calles 9 y 10casa s/n.
SEGUNDO: De conformidad con el numeral 2 del artículo 331del Código Orgánico .....