República Bolivariana de Venezuela




JUZGADO NOVENO DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
Barquisimeto, 03 de junio de 2008
Años: 198° y 149°

Asunto Principal: KP01-P-2007-003859
Visto el oficio Nº LAR-F2-1319-07, presentado ante este Despacho por la Fiscal Segunda Encargada del Ministerio Público, representado por la Abg. Cristina Coronado, donde notifica que en fecha 10 de enero de 2008, se decretó el ARCHIVO FISCAL de conformidad con lo previsto en el Artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano ANDERSON STICK LIZCANO MIRANDA, por la presunta comisión del delito uno de los delitos previstos y sancionados en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, este Tribunal de Control N° 9º de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, visto el decreto de archivo de las Actuaciones por parte del Ministerio Publico del Estado Lara, ordena el cese de toda medida cautelar decretadas contra el ciudadano ANDERSON STICK LIZCANO MIRANDA. Se ordena remitir las actuaciones a la referida Fiscalia. Notifíquese a las partes. Regístrese. Cúmplase.
ABG. ADELMO ATILIO LEAL ARRIETA.
JUEZ NOVENO EN FUNCIONES DE CONTROL