/Este Tribunal de Control Nº 8, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: Admite Totalmente la Acusación, de conformidad con el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, así como las pruebas ofrecidas por el representante del Ministerio Público por ser lícitas pertinentes y necesarias para demostrar la pretensión de culpabilidad contra la acusada supra identificado. SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal se impone CONDENA al ciudadano GERMAN JOSE DAZA RODRIGUEZ, ampliamente identificado en autos, por la comisión de los delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el Artículo 34 de la Ley Orgánica contra el trafico ilícito y el consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, y el delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, para lo cual se considero el artíc.....