DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda Medida Cautelar Judicial Sustitutiva de Libertad de Detencion Domiciliaria, a favor de la imputada Grisel del Valle Reañez Rangel, titular de la cedula de identidad Nº 10.777.289. Y acuerda Medida Cautelar Judicial Sustitutiva de Libertad de Presentación Periódica, cada Quince (15) días por ante la Taquilla de Presentaciones de Imputados del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, a favor de la imputada Florimar del Carmen Leal Cordero, titular de la cedula de identidad Nº 20.928.867, plenamente identificadas, por la presunta comisión de los delitos de Simulación de Hecho Punible, Agavillamiento y Extorsión Frustrada, previstos y sancionados en los artículos 239, 286 y 459, en concordancia con el.....