D I S P O S I T I V A
Por lo antes expuesto este Tribunal de Control N° 7, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL, contra de los ciudadanos Jean Carlos González y Anyor Anfrey Morles Urriola anteriormente identificados, por la comisión del delito de Asalto a Transporte Público , previsto y sancionado en el Artículo 358 del Código Penal en la parte de la Reforma y por cuanto estan dados los presupuestos de los Artículos 250, 251 y 252 , todos del Código Orgánico Procesal Penal y la misma la cumplirá en el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental del Estado Lara. El Tribunal no otorgó la Cautelar de Arresto Domiciliario que solitó el Defensor Abg. Ali Sanchez conforme al Artículo 253 del Código Orgánico Procesal Penal en virtud de que el delito de Asalto a Unidad de Transporte .....