expuestos, este Juzgado N° 6 en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta:
A solicitud del Ministerio Público, se acuerda imponer Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad a favor del prenombrado imputado por la presunta comisión del delito de Aprovechamiento de Vehículo Proveniente de Robo, previsto y sancionado en los Artículos 9 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos, de conformidad con lo dispuesto en los Ordinales 3° y 4° del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, ordenándose la tramitación de la causa por las vías del Procedimiento Penal Ordinario. Regístrese y Cúmplase.
Esta decisión se publicó en la sede del Palacio de Justicia a las 6:00 p.m., del día 30 de Enero del 2004. Cúmplase.