Oídas como fueron las partes, Este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: De las actuaciones que conforman el presente asunto y las circunstancias que surgen como consecuencia de la celebración de la presente audiencia, de conformidad con el Art. 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, decreta con lugar la aprehensión en flagrancia y en virtud evidenciarse del acta policial de fecha 23-10-09, ex expediente de transito 062209, llevado por la Cuerpo Técnico de Vigilancia de Transporte Terrestre, de la UEVTTT, Nº 51-Lara, cuando en la carrera 2 entre calles 7 y 8 del Barrio Unión, entrada a la Escuela de Policía, en donde resultó involucrado un único vehiculo con las siguientes características, Camioneta C.....