Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones Quinto de control, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se pronuncia en los siguientes términos: PRIMERO: Se cambia el arresto domiciliario que venia cumpliendo el imputado HENDERSON JOSE PEREIRA, titular de la cédula de identidad Nº 15.847.278, por la establecida en el artículo 256 Ordinal 3ero., del Código Orgánico Procesal Penal, como lo es presentaciones cada 30 días, ante la taquilla de presentaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara. SEGUNDO: Líbrese la correspondiente boleta de libertad.
Publíquese, Regístrese, Notifíquese, Cúmplase.-