DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide en los siguientes términos: PRIMERO: No se Admite la Precalificaron fiscal respecto a la comisión de los delitos de RIÑA Y DAÑOS A LA PROPIEDAD, previstos y sancionados los artículos 425 y 474 del código Penal, en virtud que no se encuentran llenos los extremos de los precitados artículos, es por lo que se DECRETA LIBERTAD PLENA a los ciudadanos, LOPEZ ROBERTH ALI, ALEXANDER ALIRIO PERDOMO SANCHEZ, EL CHAER CHIRITI DANIEL HASSAN, AL FATAIRY MATAZ AMIN, 17.227.690, 16.795.010, (E) 24.202.787, respectivamente. SEGUNDO: Se Decreta APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de conformidad a lo establecido en el artículo 44 ordinal 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y el artículo 248 del Código Orgánico .....