DISPOSITIVA
Por razones anteriormente expuestas, este Juzgado de Control N° 3 del Circuito Judicial penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD contra el ciudadano, LUIS FERNANDO CARRASCO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No 18.654.845, por la comisión los delitos de Homicidio Calificado por motivos fútiles en grado de Frustración, en perjuicio de TONY ROJAS, Lesiones Personales calificadas en audiencia como menos graves en perjuicio de WILLY ROJAS y Porte Ilícito de Armas , previstos y sancionados en los artículos 408 ordinal 1° en relación a los artículos 80 y 82 , 415 y 278 , del Código Penal respectivamente, por cuanto son concurrentes los presupuestos del artículo 250 y se dan los presupuestos del artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal y la misma se cumplirá en el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental. Líbre.....