Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por los Abg. Rubén Darío Ramones Saavedra y Noelia Aguaje Alvarado, en su condición de Fiscal Vigésimo Séptimo y Fiscal Auxiliar Interina Vigésima Séptima del Estado Lara respectivamente, contra la decisión proferida en fecha 10-12-2014 y fundamentada en fecha 12-12-2014, mediante la cual el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, condenó a las ciudadanas Silvia Lorena Sucre Figuera, Shindy Yaritza Flores y Kimberly Yajure Silva, a cumplir la pena de diez (10) años de prisión, por haberle la comisión del delito de Tráfico Ilícito Agravado de Sustancias Psicotrópicas y Estupefacientes en la Modalidad de Transporte, previsto y sancionado en el artículo 149 primer aparte de la Ley O.....