DECISIÓN
Por las razones expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Lara, actuando en SEDE CONSTITUCIONAL, en Primera Instancia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el Ciudadano Gabriel Alonso Florido Romero, actuando en su condición de Presidente de la firma mercantil "COBAR C.A.", VICTIMA, asistida por el abogado Angel Colmenares Rodriguez, ya que la presunta violación de derechos constitucionales alegada por el accionante CESÒ, cuando en fecha 23 de Julio de 2015, el Juez del Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 01, se pronunció en relación al escrito presentado por el ciudadano Gabriel Alfonso Florido Romero, en la cual tribunal agraviado declaró SIN LUGAR la solicitud de INVALIDEZ de la audiencia preliminar, interpuesta por la defensa toda vez que.....