DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el Recurso de Apelación de Autos, interpuesto por el ciudadano Alirio Alexander Arenas Pérez, titular de la cédula de identidad Nº V-7.322.249, asistido en este acto por el Abg. Jesús Oropeza, I.P.S.A Nº 92.251, en contra de la decisión dictada en fecha 19 de Junio de 2019, por parte del Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 12, Extensión Carora, mediante la cual declaro inadmisible la querella presentada por el ciudadano Alirio Alexander Arenas Pérez, titular de la cédula de identidad Nº V-7.322.249.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara con sede en la ciudad de Barquisimeto a la fecha indicada ut supra. Años 209º de la Independencia y 160º de la F.....