Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la presente solicitud de Titulo Supletorio presentada por el ciudadano presentada por el ciudadano JIXIANG ZHENG venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°V-14.335.552, domiciliado en 32 entre carreras 22 y 23 N° 50, de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren, Barquisimeto, Estado Lara, quien aduce actuar en nombre y representación de la ciudadana SAZHEN ZHANG, mayor de edad, de este domicilio, extranjera residente, titular de la cédula de identidad N° V- E-82-110-012, según consta en instrumento poder autenticado por ante la Notaria Pública Segunda del Estado Lara, anexa copia certificada del referido poder, asistido en este acto por la Abogado JOSEFA PASTORA JIMENEZ DE SALAS, Inpreabogado N° 90.436, por ser contraria a derecho conforme a los artículos 166 del Código de Procedimiento Civil 3 y 4 de la Ley d.....