Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con el primer aparte del artículo 75 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículos 26, 27, 30, 396, 399 y 400 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Declara CON LUGAR, la Colocación Familiar, planteada por la ciudadana DILCIA PASTORA RODRIGUEZ OVIEDO, en beneficio del niño Identidad omitida de conformidad con el Articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y adolescente y en contra de la ciudadana ANDIEL MILAGROS ROJAS RODRIGUEZ, siendo cumplida en familia sustituta, específicamente en el hogar de la ciudadana DILCIA PASTORA RODRIGUEZ OVIEDO, carrera 25, entre calles 13 y 14, casa Nº 13-88, Barquisimeto, estado Lara. En consecuencia se le otorgan los atributos de la r.....