este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y a tenor de lo establecido en el Artículo 76 Primer Aparte de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de los Artículos 4, 5, 8, 30, 365, 366 y 369 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes DECLARA CON LUGAR, la demanda de Obligación de Manutención, formulada por la ciudadana YELITZA KATIUSKA BARRIOS RODRIGUEZ, en contra del ciudadano JACKSON JOSÉ ARIAS VIRGUEZ, en beneficio de Identidad omitida conforme al articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, todos ampliamente identificados en autos; en consecuencia se acuerda: Primero: se fija como cuota de obligación de manutención la cantidad de SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO BOLIVARES CON ONCE CENTIM.....