Vista la solicitud de Medida Provisional de Obligación de Manutención, realizada por la ciudadana YENNY CAROLINA CAMACARO, parte actora en el presente asunto; esta juzgadora en aras de garantizar y salvaguardar los derechos e intereses de las beneficiarias de autos respecto a la manutención la cual comprende todo lo indispensable para el desarrollo integral de todo niño, niña y adolescente y que engloba todo lo referente al sustento, vestido, habitación, educación cultura, asistencia y atención médica, medicinas, recreación y deportes que requiere la adolescente, y de conformidad con lo establecido en el artículo 466 de la ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente en concordancia con lo estipulado en el articulo 5, 8 y 30 ejusdem, fija medida provisional de retención por concepto de obligación de manutención en favor de los beneficiarios de autos, con cargo al ingreso bruto mensual del obligado por una suma equivalente al Veinticinco por ciento (25%), sobre las .....