DISPOSITIVA:
Este Tribunal una vez oídas las exposiciones de las partes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide en los siguientes términos: PRIMERO: Se admite totalmente la acusación presentada por la ciudadana abogada Yoheli Barrios Rivas, en su carácter de Fiscala Primera del Ministerio Público del estado Lara, en contra del ciudadano ELIS RAÚL PÉREZ CAMACHO, con cédula de identidad número V.-2.608.286, todo de conformidad con los artículos 330 y 326 del Código Orgánico Procesal Penal, por los delitos de Violencia psicológica y Amenaza, en agravio de la ciudadana MARÍA AUXILIADORA CAMACHO, con cédula de identidad número V.-2.607.071. SEGUNDO: Se admiten todas las pruebas promovidas por el Ministerio Publico por ser licitas, legales y pertinentes. Igualmente y en base al principio de la comunidad de la prueba la defensa puede hacer suyas las pruebas que le beneficien. TERCERO: Se ratifican sobre el acusado, ciudadan.....