Este Juzgado observa:
Por cuanto en fecha 15 de julio de 2015, este Juzgado dictó sentencia de Régimen de Convivencia Familiar signada bajo el Nº 352-2015, este juzgado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, procede a Homologar el acuerdo suscrito entre el ciudadano José Leonardo Gómez Pérez, ya identificado y la adolescente (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), ya identificada, asistida por la Defensora Pública Auxiliar del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Abg. Keyla Tineo, quedando establecido de la siguiente manera: El ciudadano José Leonardo Gómez Pérez, ya identificado, deberá cancelar la cantidad de diez mil bolívares (10.000,oo. Bs.) mensual, mas el cincuenta por ciento (50%) de los demás gastos que la misma requiera como vestido, educación, transporte, medicinas, médicos, uniformes, útiles escolares, más los gastos navideños que comprenden vestido y regalo de navidad, cantidades que d.....