En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Segundo de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora contra la decisión de fecha 01 de agosto de 2012, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: Se REVOCA la sentencia recurrida.
TERCERO: HOMOLOGADO el desistimiento del procedimiento por cobro de prestaciones sociales intentado por los ciudadanos ÁLVARO RAFAEL ROJAS e ILIANA CAROLINA FREITAS contra SUPER GRANJA, C.A.
CUARTO: No hay condenatoria en costas, dadas las resultas del fallo.