En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte recurrente contra la sentencia de fecha 16 de mayo de 2014, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: Se declara la Nulidad de la Providencia Administrativa Nº 513, dictada por la Inspectoría del Trabajo, sede Pedro Pascual Abarca, de Barquisimeto, Estado Lara, mediante la cual se declaró Con Lugar la Solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos del ciudadano ORLANDO YEPEZ, y demás actos subsiguientes a dicho acto administrativo.
TERCERO: Se REVOCA la Sentencia apelada.
CUARTO: Se ordena notificar de la presente decisión a la a la Inspectoría del Trabajo, sede.....