En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento del procedimiento iniciado en virtud de la demandada de nulidad incoada por FRIGORIFICO LA FLORIDA inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del estado Lara, en fecha 02 de septiembre de 1994, bajo el N° 1, tomo 10-A., en contra de la Certificación N° 018/14 de fecha 24 de enero de 2014, dictada en el expediente N° LAR-25-IA-12-0668 que calificó como accidente de trabajo el sufrido por el ciudadano LUIS FELIPE BLANCO MUÑOZ generando una discapacidad parcial permanente de 61% decisión dictada en fecha 22 de abril de 2014.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.
TERCERO: Una vez definitivamente firme la presente decisión, procédase al ci.....