Por los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de nulidad del acto administrativo que corre inserto en el expediente administrativo Nº LAR-25-IE-09-0085, referentes al acto administrativo de efectos particulares sin número, contenido en Informe de Investigación de Origen de Enfermedad de fecha 03 de marzo de 2009; Certificación Nº 249/10 de fecha 16/08/2010, llevado en el Expediente administrativo, la cual certifica presunta enfermedad agravada por el trabajo (CIE-M511); y Acto administrativo contenido en oficio Nº 124/11, de fecha 13 de octubre de 2011, mediante la cual emitió el calculo de indemnización por presunta enfermedad de origen laboral, emanado de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Lara, Trujillo y Yaracuy del Instituto Nacional de Preve.....