-III-
Por las razones antes expresadas este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1. CON LUGAR la demanda por TRANSITO intentada por la ciudadana MARIA MAGDALENA GUEDEZ JIMENEZ, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-7.361.293 y de éste domicilio, contra JOSÉ MANUEL PEÑA PEÑA, venezolano, hábil, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 7.980.635 y de este domicilio
2. SE CONDENA a la parte demandada a cancelar la suma de UN MILLON DOCIENTOS OCHENTA MIL NOVECIENTOS DIEZ (Bs. 1.280.910,00), por concepto de indemnización de daños.
1. SE ORDENA la realización de experticia complementaria del fallo, para lo cual se dispone el nombramiento de experto contable, sobre el señalado arriba, desde la fecha de la ocurrencia de la colisión hasta la fecha cierta en que se efectúe el pago, de conformidad con el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, tomando en consid.....